Sin fecha por la 4t prohibición de importar maíz amarillo de EUA

Ciudad de México, 14 de febrero.- A través de un nuevo decreto la administración de Andrés Manuel López Obrador, dejó abierta la fecha para eliminar la importación de maíz amarillo proveniente de Estados Unidos de América, que publicó en el Diario Oficial de la Federación.
En el último trimestre del año pasado, los agricultores estadunidenses expresaron su inconformidad por el decreto del presidente mexicano al inicio de su administración en 2020, de establecer el 2024 como el inicio para eliminar la compra de maíz amarillo procedente del vecino país del norte.
Ante ello, el gobierno de los Estados Unidos hizo suya la voz de los maiceros y en repetidas ocasiones expresó que la solución de tal situación tendría que ser ventilada dentro de los acuerdos del T-MEC, lo que ocasionaría a México enfrentar una nueva controversia, además de la que puede sostener en el corto plazo con Canadá incluido en materia energética.
A las presiones ejercidas desde Washington, la Secretaría de Economía (SE), indicó que en el caso del maíz genéticamente modificado o transgénico -como es más conocido-, para el forraje y la industria, se elimina la fecha límite para prohibir su uso, quedando sujeto a que exista suficiencia en el abasto.
La dependencia, a cargo de Raquel Buenrostro Sánchez, precisó que se instalarán mesas de trabajo con el sector privado nacional e internacional para lograr una “transición ordenada”.
México es dependiente del exterior en maíz amarillo, e importa 17 millones de toneladas por año, en especial para el sector pecuario, el cual en su mayoría procede de los Estados Unidos donde el grano que se cultiva en 90 por ciento es transgénico.
La SE, puntualizó que para evitar confusiones, el decreto en cuestión establece una categorización del maíz según su uso, por lo que se define el empleado en la alimentación humana (masa y tortilla), y se distingue del usado como forraje e industrializado para alimentación humana.
El decreto del DOF prohíbe el uso de maíz genéticamente modificado para la masa y la tortilla. Aclara que esto no representa afectación alguna al comercio ni a las importaciones, entre otras razones, porque México es autosuficiente en la producción de maíz blanco libre de transgénicos.
En la publicación se estableció explícitamente que Cofepris realizará investigaciones científicas en torno a los posibles impactos en la salud de las personas del maíz genéticamente modificado. Tales estudios se realizarán con agencias sanitarias de otros países.
La SE afirma que con estas acciones, “México reitera su compromiso de cumplir el T-MEC, según el cual las decisiones fitosanitarias deben estar basadas en evidencia científica”.
La dependencia destacó que el objetivo del nuevo Decreto “es precisar el objetivo y alcance de las políticas públicas, así como eliminar cualquier posible imprecisión del texto predecesor, el cual se prestó a interpretaciones diversas. Con esta nueva versión se brinda claridad en sus objetivos y certeza regulatoria con base en evidencia técnico-científica”.
La dependencia aclaró que el decreto se acota estrictamente al maíz y productos como canola, soya y algodón, así como el resto de las materias primas, “no quedan sujetas a esta regulación”.
El referido decreto prevé que el maíz genéticamente modificado puede destinarse a la alimentación animal y al uso industrial, y al concluir dicho periodo (31 de enero de 2024), y alcanzarse la suficiencia en el abasto del maíz sin glifosato, el referido uso no deberá generar productos destinados a la alimentación humana, pero podrá seguir siendo usado en la fabricación de otros productos, como es el caso de los cosméticos, textiles, calzado, papel, la construcción, entre otros.
Que, toda vez que las alternativas para la referida sustitución gradual se deben realizar con base en criterios de suficiencia en el abasto, en congruencia con las políticas de autosuficiencia alimentaria del país, de conformidad con principios científicos y normas, directrices o recomendaciones internacionales relevantes, resulta conveniente eliminar la fecha de transición antes indicada. (Redacción MEXICAMPO).