20 enero, 2025

En tecnologías agrícolas, México aplica regulación más estricta

REGULACIÓN

México cuenta con uno de los marcos regulatorios más rigurosos a nivel mundial para incorporar tecnologías innovadoras a la producción agrícola nacional; la diversidad y utilidad de las aplicaciones en la biotecnología moderna, en particular de los cultivos genéticamente modificados (GM), han sido por más de  dos décadas, aspectos discutidos a plenitud, con apertura, claridad, y sobre todo con base en evidencia científica.

Legisladores, gobierno, académicos, sociedad civil organizada y productores involucrados en la cadena agroalimentaria, han participado durante 22 años por en la discusión acerca de las ventajas y beneficios que entraña la biotecnología agrícola, han hecho aportes fundamentales al tema y el tratamiento ha sido amplio y objeto de consultas.

Uno de los aspectos que se han privilegiado, ha sido sin duda el manejo seguro y responsable en torno a  los cultivos transgénicos, cuyo aprovechamiento sustentable acompaña a los productores a un mayor crecimiento económico, mística que comparte la asociación civil sin fines de lucro AgroBIO México y la Alianza Protransgénicos.

Esta última la conforman productores e investigadores agrícolas, académicos, comunidad estudiantil e integrantes de la cadena agroalimentaria. La Alianza destaca que  el marco regulatorio de nuestro país es uno de los más robustos del mundo y está integrado por los siguientes instrumentos normativos:

  1. Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (Protocolo de Cartagena).
  2. Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM).
  3. Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (RLBOGM).
  4. Régimen de Protección Especial del Maíz (contemplado en el Reglamento de la ley).
  5. Acuerdo por el que se determinan Centros de Diversidad Genética del Maíz
  6. Norma Oficial Mexicana NOM-164-SEMARNAT/ SAGARPA-2013, que establece las características y contenido del reporte de resultados de la o las liberaciones de organismos genéticamente modificados realizadas, en relación con los posibles riesgos para el medio ambiente y la diversidad biológica y, adicionalmente, a la sanidad animal vegetal y acuícola.
  7. Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/BIO-2014, Especificaciones generales de etiquetado de organismos genéticamente modificados que sean semillas o material vegetativo destinados a siembra, cultivo y producción agrícola.

Adicionalmente se aplican otras leyes y reglamentos en materia sanitaria, ambiental y agrícola, haciendo del desarrollo, cultivo, comercialización y consumo de cultivos genéticamente modificados una de las actividades más reguladas en México.

 

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