Mexicanos contra la Corrupción crea imagen distorsionada de las instituciones: Conagua

Mexicanos contra la Corrupción crea imagen distorsionada de las instituciones: Conagua

Ciudad de México, 29 de enero.- La Comisión Nacional del Agua (Conagua), aclaró que los procedimientos de contratación del proyecto de la planta potabilizadora de Agua Saludable para La Laguna, se realizan en estricto apego al marco jurídico aplicable.

Lo anterior, en relación con el texto difundido por la organización Mexicanos Contra la Corrupción (MCC), referente al procedimiento de contratación de la planta potabilizadora para La Laguna.

“Los procedimientos de contratación del proyecto mencionado, al igual que todos los que lleva a cabo Conagua en todo el país, se realizan en estricto apego al marco jurídico aplicable, con transparencia y con el fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Dada la envergadura, importancia y trascendencia de los proyectos que hoy en día tiene a cargo esta dependencia, los procedimientos de contratación que sustancia Conagua se llevan a cabo, por regla general, mediante licitación pública”.

Conagua agregó, que no obstante si el procedimiento de licitación pública se declara desierto, la ley en la materia permite realizar una invitación a cuando menos tres personas o una adjudicación directa. En el caso que nos ocupa, se solicitó a tres empresas que presentaran sus propuestas, de las que derivó la contratación.

“En la contratación de mérito se contó con el acompañamiento de un testigo social que fue designado por la Secretaría de la Función Pública, con el propósito de que la sociedad participara en el procedimiento de adjudicación para contribuir a la integridad de la compra pública y observar que el proceso sea transparente, imparcial y ausente de corrupción.

Asimismo, se llevaron a cabo diversas reuniones con la secretaría citada con el fin de escuchar recomendaciones y sugerencias en el desahogo del procedimiento de contratación.

La creación de una nueva empresa por parte de los licitantes que participan en un procedimiento de contratación está prevista en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el objeto de cumplir las obligaciones previstas en el contrato, siempre y cuando se mantengan en la nueva sociedad las responsabilidades adquiridas.

Por cuanto hace a los señalamientos hacia Ángel Manuel Medel Ríos, es importante mencionar que el encargo que desempeña en Conagua es gerente de Recursos Materiales -y no así el referido por MCC-, cuyas atribuciones establecidas en el artículo 20, fracción IV del Reglamento Interior de este órgano desconcentrado, le facultan para tramitar, suscribir y realizar actos jurídicos a que se refiere la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Conagua hace un llamado a MCC a no desinformar a la sociedad con datos erróneos, que pretenden crear una imagen distorsionada del desempeño de las instituciones. Al igual que en todo el gobierno de México, en la Conagua estamos comprometidos con la cero tolerancia a la corrupción y el respeto pleno al estado de derecho”. (Redacción MEXICAMPO).

 

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