Propicia nueva ley de publicidad exterior contaminación visual

Propicia nueva ley de publicidad exterior contaminación visual

Ciudad de México, 3 de mayo.- Contradictoria la nueva Ley y el Reglamento de Publicidad Exterior en la capital del país, cuyo objetivo es combatir la contaminación visual, recuperar y cuidar el paisaje urbano.

Dichas disposiciones sólo están permitiendo la colocación de más anuncios publicitarios en más espacios urbanos y además están creando nuevos formatos donde no explican a detalle en lo que consisten, las dimensiones y características que debe tener la publicidad exterior.

Hace tres semanas entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, y 10 meses de que se promulgó la nueva ley en materia, la cual deja dudas en cuanto a su operatividad y a su uso adecuada herramienta con el fin de recuperar el paisaje urbano y combatir la contaminación visual.

Para la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano que encabeza Jorge Carlos Negrete Vázquez, el reglamento “da la percepción de ser verdaderamente permisivo en cuanto a la instalación en varios formatos de anuncios de publicidad exterior incluso en contra de lo que señala la propia Ley de Publicidad Exterior”.

El artículo 20 del reglamento estipula la posibilidad de colocar publicidad en bienes del dominio público, cualquiera que este sea, sin embargo, la ley busca que los lugares de colocación de estructuras publicitarias sean cada vez menos y no más como lo da a entender el reglamento.

Un aspecto a considerar es la discrecionalidad que le otorga el reglamento a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), para determinar la colocación de carteleras con pantallas electrónicas en bancos, cines, y demás espacios, lo que da pie “al  amiguismo y la corrupción”.

Cabe señalar que en todo el reglamento hay diversas disposiciones para señalar los máximos de luminosidad de los elementos, pero todos son distintos, no existe ninguna razón técnica para ello.

El presidente de la FRRPU, puntualizó que en algunos artículos del reglamento se prolifera con más espacios publicitarios, “el artículo 50 señala la obligación de que los medios publicitarios de información cívica cultural mejoren la imagen urbana y el espacio público, ¿cómo se puede mejorar si se está fomentando la contaminación visual?

En el inciso “h” contempla que las proyecciones cívico-culturales no podrán hacerse por más de tres días consecutivos, es decir que en una semana se pueden proyectar seis días y que se pueden proyectar dos eventos al mismo tiempo.

El artículo 55 habla de un formato que no existía, el cual no menciona las dimensiones que puede tener el elemento publicitario que ahora se conocerá como medio cívico cultural con patrocinio.

El artículo 56 es un avance para combatir la basura electoral y retirar la propaganda política, contempla implementar convenios entre las instituciones electorales competentes en la Ciudad de México, con el gobierno capitalino, pero “tendremos que observar la manera en cómo se hace público el contenido de los convenios”.

El artículo 57 fracción “c” permite que las carteleras de los muros ciegos de planta baja se coloquen de forma vertical, lo que va a propiciar más espacios publicitarios.

Por su parte, la fracción “e” señala que los anuncios se deben instalar a una altura del 20 por ciento del total de la altura del muro, por lo que, si el muro es de 50 metros, se van a colocar a 10 metros. Lo correcto es que se debe colocar a 1.2 metros del piso.

El artículo 66 fracción “I” permite el mobiliario urbano con publicidad integrada, mupis para descanso: bancas y sillas, esto abre la posibilidad de la colocación de publicidad hasta en los parques.

En tanto, en la fracción “II” permite anuncios en buzones de correo y en la fracción “VII” aprueba la colocación de publicidad para la atención de emergencias y protección civil, este formato no se contemplaba, lo que puede indicar que ya se puede poner vallas en hospitales y en estaciones de bomberos.

“El combatir la contaminación visual, que se anunció como uno de los objetivos de la actual administración capitalina desde el 2018 contradicen lo escrito en la nueva Ley y Reglamento de Publicidad Exterior en la CDMX.

Las disposiciones legales permiten la colocación de más anuncios publicitarios en más espacios urbanos, además de crear nuevos formatos donde no explican a detalle en lo que consisten, las dimensiones y características que debe tener la estructura”, señaló Jorge Negrete.

Lejos de llegar a la meta en retirar toda la publicidad prohibida por la ley y que pone en riesgo a la población, como lo son los anuncios espectaculares en azoteas, con este tipo de legislaciones están provocando que haya aún más saturación de anuncios publicitarios lo que propiciará un espacio público desorganizado, caótico, confuso, que produce estrés, ansiedad o depresión en las personas por tanta información que se recibe en el cerebro en tiempo muy reducido”, concluyó.

Para más información y denuncias de publicidad exterior ilegal, irregular o mobiliario urbano que esté ensuciando la imagen de la ciudad y del país o todo aquello que se tipifique como delito y que atente contra la protección, conservación y regulación del paisaje urbano se puede visitar la página: http://fundacionporelrescateyrecuperaciondelpaisajeurbano.org/;

Facebook: @TuMexicoLimpio; Twitter: @TuMexicoLimpio; Twitter: @JorgecNegrete (Redacción MEXICAMPO).

About The Author