Ciudad de México, 18 de febrero.- La Comisión de Reforma Agraria del Senado, aprobó el dictamen para precisar, en la Ley Agraria, que el trámite de expropiación, se tiene que realizar en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

En las consideraciones del dictamen, las y los senadores explicaron que el artículo 94 de ese ordenamiento aún dispone que este trámite se debe realizar ante la Secretaría de la Reforma Agraria, pero esta dependencia ya está extinta.

Además, la reforma aclara que el monto de la indemnización correspondiente será determinado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y no por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

La Comisión que preside el legislador Ángel García Yáñez, dijo que el dictamen aprobado por unanimidad, con seis votos a favor, busca dar certeza jurídica y proteger los derechos a la propiedad, ante un caso de expropiación.

En el documento aprobado, se destaca que mediante el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, del 2 de enero de 2013, se derogó a la Secretaría de la Reforma Agraria, cuyas facultades pasaron a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, regulada por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El capítulo IV de la Ley Agraria y sus subsecuentes artículos, regulan la figura de la expropiación cuando se trate de terrenos ejidales, y el artículo 94 vigente otorga la facultad de llevar el trámite a la Secretaría de la Reforma Agraria, que se encuentra actualmente derogada desde 2013.

Del artículo 94 de la Ley Agraria, dijo García Yáñez, se desprende que además de contemplar a la Secretaría de Reforma Agraria, también se considera a la desaparecida Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, el cual es la instancia competente para determinar el monto a indemnizar con motivo de la expropiación.

Por ello, subrayó, las y los senadores consideran conveniente armonizar dicho ordenamiento, a fin de generar certeza jurídica en esta materia. (Redacción MEXICAMPO).