• Al reformar la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Semarnat tendría la facultad de autorizar expropiación de pedreras.
  • Al reformar la Ley de Expropiación, daños que una propiedad pueda sufrir en perjuicio del ambiente y la colectividad serían una causa de utilidad pública.

El Senador por Nuevo León, Víctor Fuentes Solís, presentó dos iniciativas de reforma a efecto de que los yacimientos de piedra caliza, una vez aprovechados, se consideren como patrimonio de la Nación para la creación de espacios públicos que permitan preservar y restaurar el equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

“Los propietarios de las pedreras, pese a los daños ambientales que provocan, no pagan ningún recurso por la extracción de los materiales, como normalmente lo hacen en otros estados de la República, para mitigar o resarcir el impacto ambiental”, expuso.

Frente a la crisis ambiental que vive Monterrey y su área metropolitana, el legislador federal urgió a reconocer que los derechos superiores de la sociedad están por encima de los derechos individuales a la propiedad, por lo que el Estado podría, a través de una medida administrativa como la que se propone, mantener el equilibrio ecológico como requisito para proteger la salud humana y los recursos naturales en general.

En el Senado de la República, Fuentes Solís recordó que el Estado debe regular la repartición, uso y conservación de los recursos naturales y que la Nación tiene la propiedad originaria sobre las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional.

“Siendo Monterrey la ciudad más contaminada de México y de Latinoamérica, en gran parte porque las empresas dedicadas a la extracción de piedra caliza liberan gran cantidad de partículas, es la hora de que se haga valer el derecho del Estado de transferir el dominio propiedad”, subrayó.

De esta manera, al reformar el artículo 27 constitucional, correspondería a la Nación el dominio directo específicamente de los yacimientos de piedra caliza y, al reformar la ley de expropiación, los daños que una propiedad pueda sufrir en perjuicio del ambiente y la colectividad, se considerarían como causas de utilidad pública.

Asimismo, Fuentes Solís propone reformar la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de tal manera que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales tenga la facultad de autorizar la expropiación de terrenos que hayan sido utilizados para la explotación de recursos naturales, los cuales al terminar su aprovechamiento serán destinados para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

“Para los efectos a que se refiere dicha Ley, la industria de piedra caliza se considerará fuente fija de jurisdicción federal y la Semarnat podría autorizar la expropiación cuando se trate de controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera”, precisó.

Las iniciativas serán analizadas, discutidas y dictaminadas en las comisiones de Estudios Legislativos, Puntos Constitucionales y Medio Ambiente.